El Fondo Nacional de Fomento Hortifrutícola –FNFH cofinancia planes, programas y proyectos para el mejoramiento y competitividad del subsector hortifrutícola, bajo los lineamientos establecidos en la Ley 118 de 1994.
Se define como una contribución obligatoria de carácter parafiscal establecida por la Ley, para ser utilizada en programas en beneficio del subsector, según lo establece la Ley que la crea.
It is defined as a mandatory parafiscal contribution established by the Act, to be used in programs for the benefit of the subsector, as established by the Law that creates it.
De acuerdo a la regulación inicial, el Artículo 4º de la Ley 118 de 1994 indicaba que la Cuota de Fomento Hortifrutícola se causaría en la primera operación. Cuatro leyes y decretos reglamentarios. Ahora bien, este fue modificado por el artículo 1° de la Ley 726 de 2001 que señala que la cuota se causa en TODA operación, es decir, en cualquier nivel de la cadena de comercialización, procesamiento y transformación de frutas y hortalizas, entiéndase esto desde el mismo productor hasta los posteriores agentes involucrados en la
cadena (comercializadores, exportadores, procesadores, agroindustrias, etc.).
Dado el caso en que sus proveedores argumenten que ya han recaudado y trasladado la contribución parafiscal, deberán presentar el paz y salvo del último mes en el cual realizó operaciones, expedido por el administrador del Fondo Nacional de Fomento Hortifrutícola. Lo anterior, con el fin de evitar la duplicidad en el recaudo de la cuota, de acuerdo con lo estipulado en el Artículo 2º de la Ley 726 de 2001.
Encuentre aquí las leyes y decretos pertinentes al Fondo Nacional de Fomento Hortifrutícola.
Álvaro Forero |
Miembro Junta Directiva Fondo Analdex. Director Proyectos Especiales |
Email: aforero@analdex.org Ciudad: Bogotá Departamento: Cundinamarca |
Alberto Lizcano |
Miembro Junta Directiva Fondo Asoc. Colombiana de Ing. Agrónomos |
Email: alberto.lizcano.cotes@gmail.com Ciudad: Santa Marta Departamento: Magdalena |
Germán Vélez |
Representante Asohofrucol |
Email: gvelez1281@gmail.com Ciudad: Itagüi Departamento: Antioquia |
José Hernández |
Representante Asohofrucol |
Email: josehernandez@fedeplacol.com Ciudad: Pereira Departamento: Risaralda |
Sandra Mahecha |
Representante Secretarias de Agricultura |
Email: sandra.mahecha@cundinamarca.gov.co Ciudad: Cundinamarca Departamento: Cundinamarca |
Tania Yorley Latorre Parada |
Representante de Asociación De Agricultores Del Municipio De Mutiscua Asoagrimutis |
Email: asoagrimutis@gmail.com Ciudad: Mutiscua Departamento: Norte de Santander |
Nubia Rodriguez Paloma |
Representante de Asociación de Fruticultores y Mujeres Transformadoras de Productos Agropecuarios del Corregimiento la Magdalena Municipio de San Juan Bautista de Guacarí - Frutymat |
Email: palomanubia@hotmail.com Ciudad: Guacarí Departamento: Valle del Cauca |
ESTADÍSTICAS
FUENTES:
Fuente: DANE-DIAN- Base Quintero Hermanos, Sicex noviembre 2023.
Comprende capítulos 7(Hortalizas frescas), 8(Frutas frescas) y 20(Frutas y hortalizas procesadas) del arancel de aduanas.
Exceptuando papa, otras leguminosas, otros tubérculos, coco, ñame, aromáticas, chontaduro y banano.
Elaboración: Unidad Técnica de Proyectos Asohofrucol.
ESTADÍSTICAS
FUENTES:
Área y producción:
Fuente: Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural- Evaluaciones Agropecuarias EVA (abril 2023) para las líneas productivas sujetas de recaudo 2022.
Exportaciones e importaciones: Fuente: DANE-DIAN- Base Quintero Hermanos, Sicex diciembre 2022.
Comprende capítulos 7(Hortalizas frescas), 8(Frutas frescas) y 20(Frutas y hortalizas procesadas) del arancel de aduanas.
Exceptuando papa, otras leguminosas, otros tubérculos, coco, ñame, aromáticas, chontaduro y banano.
Elaboración: Unidad Técnica de Proyectos Asohofrucol.
ESTADÍSTICAS
FUENTES:
Fuente: Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural- Evaluaciones Agropecuarias, Evas (junio 2021) para las líneas productivas sujetas de recaudo 2020. - Proyecciones Unidad Técnica para 2021
Fuente: DANE-DIAN- Base Quintero Hermanos, Sicex diciembre 2021.
Comprende capítulos 7(Hortalizas frescas), 8(Frutas frescas) y 20(Frutas y hortalizas procesadas) del arancel de aduanas.
Exceptuando papa, otras leguminosas, otros tubérculos, coco, ñame, aromáticas, chontaduro y banano.
Elaboración: Unidad Técnica de Proyectos Asohofrucol.
ESTADÍSTICAS
FUENTES:
Fuente: Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural- Evaluaciones Agropecuarias, Evas (junio 2021) para las líneas productivas sujetas de recaudo 2020.
Fuente: DANE-DIAN- Base Quintero Hermanos, Sicex diciembre 2021.
Comprende capítulos 7(Hortalizas frescas), 8(Frutas frescas) y 20(Frutas y hortalizas procesadas) del arancel de aduanas.
Exceptuando papa, otras leguminosas, otros tubérculos, coco, ñame, aromáticas, chontaduro y banano.
Elaboración: Unidad Técnica de Proyectos Asohofrucol.
ESTADÍSTICAS
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